La depreciación es la distribución sistemática del costo de un bien de uso a lo largo de su vida útil estimada. No representa una salida de efectivo, pero afecta directamente el resultado del ejercicio y, en muchos casos, la base imponible del Impuesto a las Ganancias.
Es el más utilizado por su simplicidad: distribuye el valor depreciable (costo menos valor residual) en partes iguales durante la vida útil del bien.
| Año | Depreciación anual | Valor residual contable |
|---|---|---|
| 1 | $ 480.000 | $ 1.920.000 |
| 2 | $ 480.000 | $ 1.440.000 |
| 3 | $ 480.000 | $ 960.000 |
| 4 | $ 480.000 | $ 480.000 |
| 5 | $ 480.000 | $ 0 |
Ejemplo: maquinaria industrial de $2.400.000 sin valor residual, vida útil de 5 años.
Aplica una tasa fija sobre el valor residual contable de cada período, generando cuotas de depreciación decrecientes. Se utiliza cuando el bien pierde valor o eficiencia más rápidamente en sus primeros años de uso, como ocurre con equipos tecnológicos.
Vincula la depreciación con el uso efectivo del bien (horas de funcionamiento, kilómetros recorridos, unidades producidas), en lugar del simple paso del tiempo. Es el criterio más preciso para maquinaria cuyo desgaste depende directamente de la intensidad de uso.
La Ley de Impuesto a las Ganancias establece porcentajes de amortización anual admitidos para distintos tipos de bienes —por ejemplo, el 20% anual para muebles y útiles, o porcentajes específicos para maquinaria según su vida útil económica—. Estos porcentajes fiscales pueden diferir del criterio contable elegido por la empresa, generando diferencias temporarias entre el resultado contable y el resultado impositivo que deben conciliarse en la declaración jurada anual.
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